jueves, 18 de mayo de 2023

CONSEJOS DOY QUE PARA MI NO TENGO

Cuantas veces hemos escuchado, leído, etc..  por parte de nuestros representantes públicos, esos a los que elegimos a través de las urnas, la típica frase: "Hay que cumplir con las leyes...", y lo cierto es que es lo normal, que nos recuerden que debemos que cumplir con unas normas que nos imponemos entre todos para convivir en sociedad. Ellos, los políticos, los que nos gestionan, los que nos representan deben ser galantes y ser ejemplares con el cumplimiento de las leyes, pero suele suceder que esos mismos que elaboran esas normas son los primeros en incumplirlas, es verdad o no?

Y porque decimos esto?, sencillo, como todos sabéis estamos en campaña electoral, campañas que sirven para que las diferentes formaciones expongan, publiciten e informen de sus "originales" ideas. Todo este proceso se regula mediante normas articuladas en LEYES   que TODOS DEBEMOS CUMPLIR. En este caso la ley que regula todo el proceso electoral es la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, esta Ley define en su articulo 55: "Los Ayuntamientos tendrán la obligación de reservar lugares especiales gratuitos para la colocación de carteles y, en su caso, pancartas y carteles colgados a postes o farolas por el sistema llamado de banderolas. La propaganda a través de las pancartas y banderolas SÓLO podrá colocarse en los lugares reservados como gratuitos por los Ayuntamientos."

Este año nuestro Ayuntamiento no ha solicitado a la Junta Electoral de zona la ubicación de estos lugares y espacios, como es lo habitual y como se puede comprobar en el BOP, y en este caso la Junta Electoral dictamina lo siguiente: "Aquellos municipios cuyos ayuntamientos no han remitido la preceptiva comunicación, serán los locales y lugares públicos que utilizaron en las anteriores elecciones, siempre que estuvieran disponibles." (Adjuntamos imagen)



Bueno, pues en la legislatura anterior, pese a que se ha intentando hacer ver que no hicimos los "deberes", por parte del actual alcalde accidental, presentamos estos espacios, que son los que ahora están establecidos, como se puede ver en la publicación del BOP del 20/3/2019 y son los siguientes:



Ahora algunos grupos MUNICIPALES SE PASAN POR EL "For... Romano" estas Leyes y empapelan nuestro municipio con carteles en lugares en los que no se permite publicidad política.

Es importante hacer 2 apuntes a esta entrada:

  • 1º.- Según el articulo 61 de la Ley Electoral: "La distribución de espacios gratuitos para propaganda electoral se hace atendiendo al número total de votos que obtuvo cada partido, federación o coalición en las anteriores elecciones equivalentes." Según esto, deberíamos tener derecho a más de 1/3 de los espacios, cosa que ni demandamos ni usamos.

  • 2º.- Según el articulo 144 de la Ley Electoral: " Serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o la de multa de seis a veinticuatro meses quienes lleven a cabo alguno de los actos siguientes:
    1. Realizar actos de propaganda una vez finalizado el plazo de la campaña electoral.
    2. Infringir las normas legales en materia de carteles electorales y espacios reservados de los mismos, así como las normas relativas a las reuniones y otros actos públicos de propaganda electoral.

Dicho esto, de verdad es necesario que tengamos que hacer publicaciones para RECORDAR A NUESTROS FUTUROS REPRESENTANTES PÚBLICOS QUE LAS LEYES ESTÁN PARA CUMPLIRLAS, ahora esgrimirán que no conocían la LEY, entonces la pregunta sería: que tipo de gestor vamos a tener en nuestro municipio que no se molesta en conocer un poco de legislación? ( Ignorantia iuris non excusar o dicho de otra forma El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento)
Ahora unas fotos de la campaña del empapelamiento: